El Ayuntamiento de Lora del Río ha aprobado en una reciente sesión plenaria el Reglamento Interno de Funcionamiento del Consejo Sectorial de Deportes, órgano consultivo que se concibe como de participación sectorial del Ayuntamiento de Lora del Río.
Según el Reglamento, las competencias del Consejo Local de Deportes son las siguientes: fijar las líneas generales de actuación del Consejo; conocer los proyectos municipales referentes al deporte así como los planes y programas de ámbito local en esta materia; emitir informes y efectuar propuestas en materia de deportes, bien a iniciativa propia o a petición de la Delegación Municipal de Deportes; elaborar propuestas sobre acciones de investigación, conocimiento, sensibilización y divulgación en materia de deportes; designar las comisiones de trabajo que se estimen convenientes para estudiar temas concretos así como designar a los miembros integrantes de las mismas; y presentar a la Delegación Municipal de Deportes iniciativas, sugerencias, propuestas y quejas en materia de deportes.
Los acuerdos que adopten este Consejo Sectorial de Deportes tendrán el carácter de dictamen, petición o informe y no serán nunca vinculantes para los órganos de gobierno municipales.
En cuanto a la composición del Consejo Sectorial de Deportes, el Reglamento aprobado detalla que estará integrado por: el Presidente, que será el alcalde o en su caso la concejala- delegada de Deportes; representantes de las asociaciones relacionadas con los fines del consejo a propuesta del Consejo Local de Participación Ciudadana; un representante de cada grupo político municipal, que podrá ser o no concejal; y el Secretario de la Corporación o persona en quien delegue.
El Consejo Sectorial de Deportes se reunirá en sesión ordinaria cada trimestre y en sesión extraordinaria cuando lo requiera el Presidente o a petición de un tercio de sus componentes.